Accidentes de tránsito: ¿Falta de conciencia o de sanciones ejemplares?

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Por: Otty Barreto
Al bajar del autobus, no pude evitar voltear a ver hacia un grupo de personas que se encontraban reunidas en medio de la avenida. Un patrullero había cercado la vía limitando el acceso de vehículos. Estaba en ruta y la curiosidad fue creciendo mientras iba acercándome. Ya a dos metros, pude ver a alguien tirado en la pista, cubierto con periódicos. No sé por qué mi corazón empezó a acelerarse y un segundo después alguien me sacó de la escena diciéndome que había ocurrido un accidente y que mi madre me estaba esperando. Durante el recorrido a casa, las voces de vecinos y conocidos de la cuadra dándome las condolencias resonaban como un eco en mis oidos. Mi padre había muerto.
Aunque eso pasó hace algunas décadas la historia se repite a diario en las calles y carreteras de nuestro país. Aquel hombre trabajador nunca llegó a nuestra casa, como tampoco lo hizo la hermana cariñosa de una amiga, o ese joven risueño, hijo del vecino. Solo este año, en los seis primeros meses se han registrado en el Perú 47 629 accidentes de tránsito, que han dado como resultado 1853 víctimas mortales, lo que significa que al mes 265 personas han muerto debido a esta causa.

Estos son los datos del Observatorio Nacional de Seguridad Vial del MTC, cuyo reporte durante el 2021 fue de más de 74 620 accidentes de tránsito, los cuales provocaron la muerte de 30 032 personas. Por lo visto el número va en aumento y las medidas parecen ser insuficientes.
Según el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC Perú) del Ministerio de Salud (MINSA), los casos por accidentes de tránsito en carreteras o zonas urbanas (enero a junio del 2022) han llegado a 11 912. El CDC Perú señala, además, que los fines de semana ese número se incrementa en comparación a los demás días.
Reducción en los límites de velocidad
Como respuesta y en busca de reducir estos accidentes producidos en su mayoría por el exceso de velocidad, en julio de este año, el MTC impuso nuevos límites. En calles y jirones de las zonas urbanas no se debe excederse los 30 km/h y en las avenidas no se deben superar los 50 km/h, antes los límites eran de 40 y 60 km/h, respectivamente. Renasarlos acarrearía una multa de hasta S/2300, lo que equivale al 50% de una UIT.
Sin embargo, estas multas son impuestas de manera progresiva, es decir, hasta 10 Km/h por encima del límite implica una multa de S/828. Conducir entre 10 km/h y 30 km/h por encima del límite acarreará una sanción de S/1104. Y superar el límite máximo, como ya se advirtió, ocasionará una multa de S/2300.
Importancia del SOAT
Ya sean peatones imprudentes, conductores ebrios, vehículos defectuosos o cualquier otro motivo la causa del accidente, es importante que dicho vehículo cuente con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). Con él se asegura de forma inmediata e incondicional la atención de las víctimas de accidentes de tránsito y se protege también al conductor y a los otros ocupantes del vehículo e incluso a los transeúntes.
Y es que nadie está libre de ser víctima de un hecho de estos, como cuando María se durmió en una combi y despertó en una sala de emergencias del hospital Cayetano Heredia, después de que dicho vehículo chocara con otro en una calle del Rímac. Por suerte, esa movilidad contaba con SOAT, el cual cubrió exámenes como rayos x y tomografías, además de la ambulancia y la atención médica de emergencia.
Y es justo usar el término suerte pues describe la precaria situación del transporte en nuestra alicaída sociedad, ya que muchos accidentados quedan a la deriba mientras buscan a sus familiares, o activan un seguro que no cubre todos los costos. Pero sería más justo y razonable el acatar las normas vigentes, teniendo en cuenta que una o más vidas están en riesgo. Un hecho que de por sí es un acto de conciencia y responsabilidad cívica.

Delitos, sanciones y multas
También es necesario recordar que uno de estos accidentes se convierte en delito cuando se infringe una o más normas de tránsito, cuando el chofer está ebrio o duerme mientras conduce o cuando el conductor, sin contar con licencia, causa lesiones o la muerte a una o más personas. Sin embargo, la sanción de ocho años de prisión, que deribaría de la muerte de una persona en cualquiera de estos casos, parece ser insuficiente si se analiza el incremento del número víctimas de este último año.

Hasta noviembre del 2021 existían aproximadamente 150 mil vehículos con orden de captura por deudas, que acarreaba una deuda con el Estado de S/48 millones. Uno de esos, acabó con la vida de 11 personas, entre ellos la madre y hermana de Guillermina Domínguez en mayo de este año, en Sihuas en el departamento de Ancash. Un bus que transportaba pasajeros con el SOAT vencido (8 meses) y conducido por un chofer con cinco papeletas, entre ellas una por manejar sin brevete.
Lo cierto es que además de las multas, ya sea por conducir en estado de ebriedad o sin permiso u otros factores, debería sumarse una revisión exahustiva a las normas y sanciones en esta área. Pero nada se logra sin un desempeño transparente de la policía, del ministerio público, del poder judicial y de las autoridades a cargo para que un acto delictivo de este tipo no quede impune y genere esa conciencia colectiva que tanto hace falta.

Solo así, con el tiempo –esperemos no sean décadas– serán menos frecuentes las noticias mostrando autos destrozados en pistas o carreteras, con las imágenes distorsionadas de las víctimas, un efecto usado a menudo para no herir la susceptibilidad del televidente o lector. Igual, de una u otra forma, estas escenas nos generan impotencia, tanto así como ver los operativos policiales y enterarnos de que muchos vehículos tienen en su haber más de una, diez o cien papeletas; o pasar por el amargo trance de saber como impunemente liberan en corto tiempo a quien atropelló tu padre, hermana o vecino.
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