Actividad minera en el ojo de la tormenta

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Por: Otty Barreto H.
La magnitud del impacto ambiental generado por la minería dependerá del accionar conjunto de todos los involucrados en esta actividad: las empresas mineras, las comunidades, sus autoridades, el Estado y sus leyes.
El anuncio de la presidenta del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez, de dar cumplimiento al cierre de minas Apumayo, Inmaculada, Pallacanta y Breapampa, en las fechas establecidas, dio pie a una serie de discusiones entre diversos sectores. Esto sucedió, después de su visita al distrito de Coracora (Ayacucho), donde, en compañía de viceministros y funcionarios públicos, levantaron un acta de compromiso con autoridades y dirigentes de las provincias de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara, cuyas cabeceras de cuenca han sido afectadas por contaminación ambiental.
La minería y sus pasivos ambientales
Si bien es cierto el Perú es reconocido a nivel internacional como uno de los países con importantes reservas mineras, también es notoria su huella en riesgos y peligros asociados a los Pasivos Ambientales Mineros (PAM), que son aquellas instalaciones, efluentes, emisiones, restos o depósitos de residuos producidos por operaciones mineras, abandonadas o inactivas. Los cuales a septiembre de 2020 suman 7956, de acuerdo al inventario aprobado por el Ministerio Energía y Minas.
La actividad minera, como vemos, genera inevitablemente un impacto ambiental, el grado de este dependerá de las acciones que realicen las empresas mineras para remediar o contrarrestar dichos efectos; del Estado para hacer cumplir los compromisos y verificar que todo se realice conforme a lo acordado; y de las comunidades y sus autoridades para mantenerse vigilantes y exigir se cumplan las normas de ser necesario.

Cierre de minas: ¿En qué consiste?
El cierre de minas, según lo señala la Cámara Minera del Perú (Camiper) a través de un artículo de su web, «Es la actividad que busca rehabilitar las áreas utilizadas por la minería una vez concluidas las operaciones. Esta labor tiene como objetivo principal hacer que las áreas utilizadas por la operación sean compatibles con un ambiente sano y adecuado para el desarrollo de la vida». Este procedimiento es parte del ciclo de vida de las minas y está presente, como plan, desde el inicio de sus actividades, como lo indica el Artículo 6 de la Ley Nº 31347 (modificatoria de la Ley Nº 28090, que regula el Cierre de Minas). Gráfico1
Asimismo, según la Guía para la elaboración de cierre de minas, publicada por el Ministerio de Energía y Minas, esta actividad presenta tres tipos: cierre temporal, efectuada por la misma empresa ya sea por circunstancias económicas u operacionales; cierre progresivo, simultáneo a la etapa de operación de una mina, cuando un componente de la actividad minera o parte de él deja de ser útil; y cierre final, cuando cesan las operaciones de minado y de procesamiento debido al agotamiento de los recursos minerales. Siendo este último el que está en discusión.
El cierre, por lo tanto, es un proceso que tiene varias fases y dura varios años. Y aún después, del cierre final, continúa un programa de mantenimiento, monitoreo y seguimiento, con la finalidad de medir su efectividad, que debe durar al menos cinco años bajo responsabilidad del titular minero, según el informe de Camiper.
¿Y qué pasó con las minas del sur Ayacucho?
A pesar que este proceso −establecido en los contratos de concesión minera, donde se estipulan las fechas de cierre que están aprobadas por el Estado peruano− debió ser ejecutado de manera adecuada, conforme a la programación (Tabla 1) y eso nunca se dio. Cabe mencionar que solo durante el cierre progresivo la minera puede evitar poner fin a sus operaciones. Apumayo se acogió al beneficio de ampliar sus labores debido a la pandemia; y solicitó, al igual que Pallancata y Breapampa, extender la vida de sus yacimientos a pesar de no haber levantado aún las observaciones que tenían. A Inmaculada le levantaron las observaciones en julio, y su solicitud viene siendo revisada por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental (Senace).

Lo cierto es que los ríos, riachuelos y quebradas, cercanos a las cuatro minas, presentan problemas de contaminación ambiental. Según la Autoridad Nacional del Agua (ANA) se encontraron hasta el doble de los valores permitidos para elementos como el cadmio, aluminio, manganeso, cobalto y hierro; además de restos de fósforo y ácido por encima de lo permitido (Tabla 2).
A esto se suman las multas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), por el incumplimiento de normas, que ascienden a 505, 692 soles; monto del cual se ha pagado hasta el momento 330 mil soles. De las cuatro minas, Inmaculada es la que presenta más sanciones ambientales.
Estas son las razones por las que las comunidades exigen el cierre de las minas; azuzados, además, por el intento de restablecer las actividades mineras, en Apumayo, el último 13 de noviembre. Pero ya hace más de una década que los pobladores de estas comunidades vienen solicitando este cierre, culpando a las mineras de contaminar sus ríos, de envenenar a sus animales y destrozar sus tierras.

Fuente: https://ojo-publico.com/3195/demandas-postergadas-la-reciente-crisis-minera-en-ayacucho
¿Minería a costa de qué? ¿A qué se debería apuntar?
Por desgracia, muy poco se ha difundido acerca de la pobreza que circunda a los pueblos que alojan los asentamientos mineros. Los medios se preocupan por la pérdida de inversiones y tratan con pinzas a los empresarios de este rubro, ignorando a los más perjudicados por la minería que, lejos de ser sustentable, se convierte en depredadora del ecosistema.
Este caso solo es una muestra. Según la Contraloría, en su última publicación: Pasivos ambientales mineros en el Perú, la región de Ayacucho ni siquiera llega al 1% de los PAM en nuestro país; siendo Ancash y Cajamarca los que se llevan la peor parte con un 15 % aproximadamente, cada región.
Entonces, este debería ser el inicio de un cambio en la actividad extractiva. Con los acuerdos a que se lleguen se deben sentar las bases para una minería sustentable, acorde con los requisitos medioambientales que exigen las entidades internacionales, priorizando el bienestar de las comunidades y su hábitat.
¿Qué mejoras se puede hacer a la legislación vigente con respecto al cierre de minas?
La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en un estudio sobre el alcance de la legislación peruana en el cierre de operaciones mineras concluye, entre otras cosas, en lo siguiente: “Los resultados del estudio evidencian que, si bien es cierto que el Gobierno del Perú cuenta con una legislación específica para el cierre de las operaciones mineras, esto no garantiza un cumplimiento cabal, así como tampoco un cierre técnicamente idóneo, por lo que en el futuro podría aumentar la generación de pasivos ambientales mineros. El problema radicaría en: i) la diversidad de instituciones que intervienen en la evaluación y aprobación de los planes de cierre y sus garantías; ii) el diseño de la ingeniería de detalle, que se basa en una guía que data del año 2006 y necesita ser actualizada; iii) los vacíos legales que existen en la norma en lo que respecta a las condiciones para transferir los derechos y los activos mineros a un tercero; iv) la ausencia de cuestiones ambientales en la Ley General del Sistema Concursal núm. 27809; y v) la constitución de garantías financieras que solo consideran los costos de cierre y no los gastos surgidos como contingencias de la actividad, que se siguen dado tras el cierre (como el mantenimiento y el monitoreo a largo plazo, entre otros)”.
Fuentes:
https://doc.contraloria.gob.pe/estudios-especiales/documento_trabajo/2021/PAM_FINAL_25-08-21.pdf
http://www.otramirada.pe/lo-que-necesitas-saber-sobre-el-cierre-de-minas-en-ayacucho
https://elperuano.pe/noticia/133744-pcm-llega-a-acuerdos-en-ayacucho
http://www.minem.gob.pe/minem/archivos/file/DGAAM/guias/guia_cierre.pdf
https://repositorio.ana.gob.pe/handle/20.500.12543/2975?show=full
https://busquedas.elperuano.pe/download/url/ley-que-modifica-la-ley-28090-ley-que-regula-el-cierre-de-m-ley-no-31347-1983106-1
https://ojo-publico.com/3195/demandas-postergadas-la-reciente-crisis-minera-en-ayacucho
http://biblioteca.unmsm.edu.pe/redlieds/recursos/archivos/MedioAmbienteMinero/Regla_cierre_minas.pdf
https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/46076/1/S2000572_es.pdf
Hildebrant en sus trece Nº 567 (pp. 6 y 7)
https://exitosanoticias.pe/v1/comunidades-de-ayacucho-acatan-paro-indefinido-el-pueblo-se-siente-burlado/
https://www.youtube.com/watch?v=mxlKE715HNY
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